Además de celebrarse en él la festividad de Halloween, el mes de noviembre es el mes que tienen las empresas para poder acogerse al sistema del pago diferido del IVA importación. Mediante este sistema las empresas cuyo periodo de liquidación de IVA sea mensual pueden liquidar el IVA de sus importaciones, en vez de inmediatamente en el momento de realizarlas, trasladarlo a sus declaraciones liquidaciones del mes en que realicen dichas importaciones, beneficiándose de esta forma del efecto financiero que supone trasladar el momento de la liquidación.

Durante todo el mes de noviembre a través del modelo 036 de Declaración censal se podrá solicitar acogerse al mismo para las importaciones que se vayan a realizar a partir del día 1 de enero de 2019. Todas las empresas importadoras que cumplan con los requisitos, en nuestra opinión, deberían acogerse al mismo ya que no suponen ningún coste y sí un beneficio financiero inmediato.

Fuente. Elaboración propia